A través de la Plataforma de la Infancia y UNICEF deseamos compartir contigo algunas curiosidades acerca de los Derechos de la Infancia que quizás no conocías:
- La Convención sobre los Derechos del Niño es el tratado internacional que más países han ratificado en el mundo.
- Sólo un país no ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño: Estados Unidos de América.
- Con la aprobación de la Convención, la comunidad internacional reconoció que, a diferencia de las personas adultas, las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especial.
- Existe un grupo de 18 personas expertas de varios países que vela por el cumplimiento de la Convención. Es el Comité de los Derechos del Niño.
- La primera Declaración sobre los Derechos del Niño la redactó una mujer: Eglantyne Jebb, fundadora de Save the Children.
- Antes de la actual Convención de 1989, hubo dos declaraciones de los derechos del niño.
- La primera declaración tenía sólo 5 artículos, la segunda 10 y la actual Convención sobre los Derechos del Niño tiene 54 artículos.
- La Convención sobre los Derechos del Niño señala, por primera vez, a las niñas y niños como sujetos de derecho y reconoce su derecho a la participación; las anteriores declaraciones sólo les entendían como objetos de derecho.
- Las niñas y niños tienen derecho a expresar su opinión, incluso cuando no pueden expresarse verbalmente, y a que ésta sea debidamente tenida en cuenta. Es decir, a la hora de tomar una decisión, las personas adultas tienen que respetar formas no verbales de comunicación, como el juego, el dibujo o la pintura, para interpretar su opinión.
- Existe el derecho a tener un nombre y una nacionalidad. Aunque parezca obvio, es un derecho que no se cumple en muchos países y con el que se accede a otros derechos como el de la salud o educación.
- La diferencia entre convención y declaración es que la convención es de obligado cumplimiento por el Estado Parte y la declaración no siempre lo es.
- Los Estados Parte de la Convención tienen que presentar periódicamente informes sobre la aplicación de los derechos contemplados en ella.
- El Comité de los Derechos del Niño (CDN) es el órgano de 18 expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de sus Estados miembros. También supervisa la aplicación de los Protocolos Facultativos de la Convención, sobre la participación de niños en conflictos armados y sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil.
- Muchas organizaciones sociales presentan también ante el Comité de los Derechos del Niño informes complementarios o informes sombra sobre el cumplimiento de los derechos de la infancia, en paralelo a los informes presentados por los Estados Partes. Una de ellas es la Plataforma de la Infancia.
- UNICEF es el organismo de las Naciones Unidas encargado de proteger los derechos de todos los niños, en todas partes, especialmente de los más desfavorecidos, y es la única organización a la cual la Convención sobre los Derechos del Niño se refiere concretamente como fuente de asistencia y asesoramiento especializados.
- Para ampliar aún más la protección de la infancia se han desarrollado tres protocolos facultativos relativos a: la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, su participación en los conflictos armados, y el relativo a un procedimiento de comunicaciones.
- Gracias a este Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones, las niñas y niños pueden denunciar la violación de sus derechos ante el Comité de los Derechos del Niño solos o con ayuda de personas adultas, bajo determinados requisitos.
Los cuatro principios fundamentales de la Convención son:
- La no discriminación.
- El interés superior del niño.
- El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo.
- La participación infantil.
El Estado es responsable de dar a conocer la Convención y explicar su significado.
Todos los niños y niñas tienen derecho a estar informados y a conocer cuáles son sus derechos. La Convención debe difundirse y explicarse de forma que sea fácilmente comprensible para los chicos, chicas y adultos.
La Plataforma de Infancia ha editado la Convención sobre los Derechos del Niño en cuatro versiones adaptadas a diferentes grupos de edad:



CDN ADAPTADA PARA 13 A 17 AÑOS

LEE EL TEXTO ADAPTADO PARA NIÑOS DE UNICEF
Cartel: Versión resumida de la Convención sobre los Derechos del Niño
Cartel doble para el aula con un resumen de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño

Este cartel tiene dos páginas, que pueden exponerse juntas o por separado. La primera de ellas enumera los artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño, en viñetas de color que dan una visión conceptual de cada artículo. La segunda página contiene un resumen de cada artículo.
La Convención sobre los Derechos del Niño es un instrumento que puede ayudar a docentes e instituciones educativas a orientar su labor educativa desde los derechos de la infancia. Para trabajar en el aula los derechos de la infancia en el aula también hay disponible una versión resumida de la Convención, en un lenguaje accesible a estudiantes a partir de Educación Primaria.
Conceptos clave: derechos de la infancia, derechos humanos.
Dirigido a: docentes de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, equipos directivos de centros educativos, técnicos municipales de infancia, familias.
Disponible en PDF en: CAS | CAT | EUS | GAL | VAL
Edita: UNICEF, Child Rights Connect